Servicio de grúas: en 50 días todo termina

Las pólizas de seguro ya no podrán incluir el servicio de remolque y auxilio mecánico a los usuarios. Una medida polémica pero que avanzará sin más.

El pasado 24 de abril, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), publicó la Resolución SSN 217.2024, por la cual las pólizas de seguro ya no podrán incluir el servicio de remolque y auxilio mecánico a los usuarios, sino limitarse a hacerlo únicamente para los casos en los que se trate de remolque por siniestros como por daño, incendio, robo o hurto.

De acuerdo a un relevamiento, actualmente existen 12.000.000 de pólizas con asistencia, y el promedio mensual es de 180.000 servicios, lo que representa casi 6.000 acarreos o asistencias por día. De esos servicios, apenas entre el 10 y el 15% corresponden a siniestros como accidentes o incendios, y el resto son desperfectos mecánicos.

La Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina (Acuda), por su parte, inició una acción colectiva contra la Superintendencia de Seguros de la Nación por resolución que afecta derechos de los consumidores.

El objetivo de Acuda es obtener la nulidad del artículo 2° de la Resolución 217 que elimina el servicio de remolque cuando no tiene relación con un siniestro como los mencionados sino para asistencia mecánica. Según la entidad, dicha resolución “priva a los consumidores de un beneficio que previamente estaba incluido en sus pólizas de seguro”.

Además de solicitar la nulidad del artículo mencionado, Acuda presentó una solicitud de medida cautelar para que, en lo inmediato, se mantengan los servicios de remolque en las condiciones anteriores a la entrada en vigor de la resolución impugnada.

Ricardo Espinosa, presidente de Acuda, dijo: “Anular por completo lo que estaba, va a producir un gasto mucho mayor a los consumidores porque van a tener que salir a contratar el sistema de acarreo por fuera del seguro. Nosotros creemos que los problemas que hay actualmente, como la demora en el servicio, es mucho más beneficioso de atacar con la legislación vigente, que con la que está por venir, porque no te lo va a permitir”.

La demanda de la asociación se basa en tres ejes fundamentales como son el quebrantamiento de los intereses económicos y desequilibrio contractual, favoreciendo a las aseguradoras y colocando a los consumidores en una posición desventajosa porque tendrían que pagar prácticamente el mismo precio por una póliza que ya no incluye servicios que antes estaban contemplados; la afectación del principio de buena fe ya que los consumidores confiaron en la integridad y estabilidad de los términos acordados al contratar el seguro; y el perjuicio económico debido a que la eliminación de la cobertura de remolque y asistencia mecánica no se refleja en una reducción significativa en el precio de las primas de seguro para los consumidores e implica necesariamente un mayor desembolso para proveerse del mismo servicio por medios alternativos.

Hasta el momento, y teniendo en cuenta que todavía quedan más de 50 días para que entre en vigencia la resolución, la mayoría de las compañías de seguros no ha establecido aun los nuevos costos y opciones de servicio adicional para remolque por desperfectos mecánicos que ofrecerán a sus clientes.

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