Un proyecto presentado en la Legislatura de la provincia de Buenos Aires busca modificar las condiciones para obtener, renovar o duplicar una licencia de conducir. La iniciativa apunta a que las multas de tránsito impagas y determinadas deudas no puedan actuar como impedimento para completar el trámite, una exigencia que actualmente funciona como barrera para algunos conductores.
La propuesta fue impulsada por el diputado bonaerense Juan Osaba, de La Libertad Avanza, y plantea modificar el artículo 8° de la Ley Provincial de Tránsito 13.927. El texto busca establecer una separación entre la capacidad de una persona para conducir y sus obligaciones económicas frente al Estado.
Modificación del artículo 8°: los cambios que propone el diputado provincial Juan Osaba
El eje del proyecto está en la modificación del artículo 8° de la Ley 13.927, que regula aspectos vinculados con las licencias de conducir en territorio bonaerense. La iniciativa plantea que la Provincia y los municipios no puedan exigir un certificado de libre deuda como condición para iniciar, continuar o completar los trámites relacionados con una licencia, ya sea para obtenerla, renovarla o gestionar un duplicado.
El proyecto también establece una distinción entre las infracciones que se encuentran en trámite y aquellas que cuentan con una resolución firme. En los casos en que existan actas todavía no resueltas o multas que no tengan una sentencia firme y ejecutoriada, la autoridad encargada de emitir la licencia podría informar al solicitante sobre la existencia y el estado de esos antecedentes, pero esa información no podría usarse para bloquear el trámite.
«No determina la capacidad para manejar»: los fundamentos del proyecto
Uno de los argumentos centrales de Osaba es que una deuda económica no demuestra si una persona está o no capacitada para conducir. La iniciativa sostiene que las multas de tránsito y las obligaciones tributarias no deberían determinar el acceso a un documento, cuyo objetivo es acreditar que una persona reúne las condiciones necesarias para manejar.
La propuesta tam
bién pone el foco en las infracciones que todavía no fueron resueltas. Una multa que figura en un sistema administrativo no necesariamente equivale a una condena firme. Precisamente por eso, el proyecto busca impedir que una persona quede bloqueada para realizar un trámite antes de que se determine definitivamente su responsabilidad.
Cómo operará el Estado para cobrar las deudas, si se aprueba la ley
Si el proyecto avanza, las multas no desaparecerían, ni quedarían automáticamente perdonadas. La diferencia estaría en la vía utilizada para reclamar el pago. Actualmente, el sistema puede vincular la existencia de infracciones o deudas con el trámite de la licencia. La iniciativa busca que esa relación deje de funcionar como una condición para obtener el registro.
En sus fundamentos, Osaba sostiene que el Estado debe utilizar los mecanismos legales disponibles para cobrar las obligaciones. En otras palabras, una persona podría renovar su licencia y, paralelamente, seguir siendo responsable por una deuda, que deberá resolver mediante los procedimientos correspondientes.
Qué dice la Justicia: el fallo del Tribunal de Morón que sienta precedente
El antecedente más relevante se produjo en 2021, cuando Pablo Augusto Barril inició una acción de amparo, después de que le exigieran cancelar multas para poder renovar su licencia de conducir. El Tribunal en lo Criminal N° 6 de Morón hizo lugar al planteo y declaró inconstitucional el inciso tercero del artículo 10 del Anexo II, del Decreto 532/2009, reglamentario de la Ley 13.927. Además, ordenó al Municipio de Morón continuar con el trámite de renovación, sin exigirle el pago de las multas.
Los jueces Cristian Adrián Toto y Alejandro Rodríguez Rey consideraron que la obligación de pagar las multas para acceder a la licencia no guardaba una relación suficiente con la capacidad para conducir.
El fallo también cuestionó que el mecanismo pudiera terminar generando una diferencia basada en la capacidad económica del conductor: quien pudiera pagar las multas tendría acceso al registro, mientras que quien no pudiera hacerlo quedaría impedido de renovarlo.
El Municipio de Morón apeló la decisión. Sin embargo, en mayo de 2021 la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de
San Martín rechazó el recurso y confirmó la decisión para el caso de Barril. La Cámara señaló que los argumentos introducidos por la Municipalidad durante la apelación resultaban extemporáneos y, por ese motivo, rechazó el planteo.
Hay, de todos modos, una precisión fundamental: aquel fallo no eliminó de manera general la exigencia para todos los conductores de la provincia.
La sentencia benefició específicamente al ciudadano que había presentado el amparo. El propio abogado que intervino en la causa aclaró entonces que el régimen de tránsito continuaba vigente y que la resolución tenía alcance sobre ese caso particular.
El proyecto de Osaba busca llevar esa discusión al terreno legislativo y establecer una regla general para toda la provincia. Pero, hasta que eso pase, el proyecto no modifica por sí mismo el régimen vigente y los conductores deben seguir cumpliendo las condiciones actualmente establecidas para realizar sus trámites.
El debate sobre la cobrabilidad de las infracciones
Con esta iniciativa, se abre nuevamente la discusión sobre cuál es el método más efectivo para que los municipios y la provincia cobren sus deudas.
Mientras algunos sectores sostienen que retener la licencia es una herramienta coercitiva necesaria para garantizar el pago de las infracciones, otros argumentan que se trata de un mecanismo abusivo que excede los fines de la Ley de Tránsito.
Por su parte, los defensores de la reforma remarcan que la retención o el bloqueo del trámite perjudica especialmente a quienes necesitan el registro de conducir como herramienta indispensable de trabajo.
De aprobarse la modificación, el Estado bonaerense deberá recurrir a las vías administrativas y judiciales correspondientes para reclamar el pago, sin afectar el derecho a la circulación de los ciudadanos.
Cuáles son los requisitos para tramitar el registro hoy
De acuerdo con el sitio web del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires (https://www.gba.gob.ar/seguridadvial), los requisitos para tramitar el registro son:
- Saber leer y escribir
- DNI VIGENTE y Fotocopia de ambos lados
- Pago de las tasas municipales que cada jurisdicción establezca para acceder a la licencia de conducir.
- Pago de las infracciones de tránsito municipales con sentencia firme (certificado de libre deuda municipal).
- Comprobante de pago del CEPAT (Certificado Provincial de Antecedentes de Tránsito).
- Comprobante de pago del CENAT (Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito).
- Licencia de Conducir anterior (solo para renovación). En caso de extravío o pérdida presentar la denuncia correspondiente.
- Certificado de Legalidad: sólo si la licencia procede de otra Provincia o no posee formato nacional.
- Certificado de Antecedentes Penales (solo para las clases profesionales): D (Transporte de Pasajeros), C (Transporte de Carga), E (Transporte de carga y maquinaria especial no agrícola).
- No estar inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) según Ley 13.074.
- En caso de padecer alguna enfermedad o estar bajo tratamiento médico, deberás llevar certificados o estudios actualizados de las patologías.
- Aprobar los exámenes psicofísicos y en caso que la autoridad municipal así lo requiera complementar con estudios de médicos particulares.
- Realizar el curso obligatorio de Educación Vial en el municipio o alternativamente en la web de la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Condición válida solo para principiantes.
- Aprobar la evaluación teórica presencial sobre los contenidos del curso de Educación Vial. Condición válida solo para principiantes.
- Aprobar el examen práctico de idoneidad conductiva. Condición válida solo para principiantes.
Si tenés 17 años y querés tramitar tu licencia de conducir para auto o camioneta, deberás presentar autorización de ambos padres (certificado ante Juez de Paz o Escribano). En caso de que tengas 16 años y quieras obtener tu carnet para ciclomotores, tendrás que enviar el mismo comprobante.
Por otro lado, si querés acceder a una Licencia Profesional deberás cumplir los siguientes requisitos:
- Ser mayor a 21 años.
- Poseer licencia de conducir con categoría B (al menos un año antes).
- Aprobar el examen practico de idoneidad conductiva.
- Tener conocimientos teóricos sobre conducción, referidos a la especialidad.